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El parlamentario valoró que Chile se esté poniendo al día con la

norma internacional en esta materia.

La Cámara de Diputados unánimemente aprobó, el proyecto de ley

que modifica el Código Penal tipificando el delito de tortura en Chile. Al

respecto, el diputado Socialista Marcelo Schilling calificó como “un

hecho histórico, el que hoy nos hayamos puesto a la par con la norma

internacional”.

La iniciativa define la tortura como "la aplicación sobre una persona de

métodos aptos para anular completamente su personalidad, entendida

como aquella que consigue la supresión de la voluntad, discernimiento

y decisión".

En este marco, Schilling recordó que “hasta el momento en Chile no

existía un concepto claro instalado, ni estaba configurado el delito en

la ley. Sólo había una tímida aproximación en función de los tratos

degradantes, pero en esencia no correspondía a la definición de

tortura”.

“Afortunadamente hemos cambiado esta situación y podemos señalar

que con este proyecto de ley se podrá sancionar como corresponde a

muchos torturadores que hasta el día de hoy se amparaban en la

debilidad de ley”, destacó el diputado PS.

El proyecto aprobado en la Sala de la Cámara, establece que, el que

infligiere a otra persona un trato degradante, menoscabando

gravemente su dignidad, será castigado con penas que van desde 61

días a 5 años. Asimismo, se establece que se aumentará la pena en

un grado al que cometa esta conducta en contra de una persona

menor de edad o en situación de vulnerabilidad por discapacidad,

enfermedad o vejez, o quien la tenga bajo su cargo, cuidado o

responsabilidad.

La iniciativa también determina que "se entenderá por tortura todo acto

por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o

sufrimientos graves, ya sean físicos, sexuales o psíquicos, con el fin

de obtener de ella o de un tercero información, declaración o una

confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se le impute

haber cometido o de intimidar o coaccionar a esa persona, o en razón

de una discriminación fundada en la raza o etnia, nacionalidad,

ideología u opinión política, religión o creencia, u orientación sexual".

El proyecto, a continuación, señala que, si con motivo u ocasión de la

tortura, se comete además homicidio o delitos como la violación, el

estupro u otros delitos sexuales, así como lesiones corporales, se

aplicará la pena de presidio mayor en su grado máximo (desde 15

años y un día a 20 años), a perpetuo calificado (de por vida).