Diputado Marcelo Schilling (PS) destaca aprobación de tipificación del delito de Tortura.
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El parlamentario valoró que Chile se esté poniendo al día con la
norma internacional en esta materia.
La Cámara de Diputados unánimemente aprobó, el proyecto de ley
que modifica el Código Penal tipificando el delito de tortura en Chile. Al
respecto, el diputado Socialista Marcelo Schilling calificó como “un
hecho histórico, el que hoy nos hayamos puesto a la par con la norma
internacional”.
La iniciativa define la tortura como "la aplicación sobre una persona de
métodos aptos para anular completamente su personalidad, entendida
como aquella que consigue la supresión de la voluntad, discernimiento
y decisión".
En este marco, Schilling recordó que “hasta el momento en Chile no
existía un concepto claro instalado, ni estaba configurado el delito en
la ley. Sólo había una tímida aproximación en función de los tratos
degradantes, pero en esencia no correspondía a la definición de
tortura”.
“Afortunadamente hemos cambiado esta situación y podemos señalar
que con este proyecto de ley se podrá sancionar como corresponde a
muchos torturadores que hasta el día de hoy se amparaban en la
debilidad de ley”, destacó el diputado PS.
El proyecto aprobado en la Sala de la Cámara, establece que, el que
infligiere a otra persona un trato degradante, menoscabando
gravemente su dignidad, será castigado con penas que van desde 61
días a 5 años. Asimismo, se establece que se aumentará la pena en
un grado al que cometa esta conducta en contra de una persona
menor de edad o en situación de vulnerabilidad por discapacidad,
enfermedad o vejez, o quien la tenga bajo su cargo, cuidado o
responsabilidad.
La iniciativa también determina que "se entenderá por tortura todo acto
por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o
sufrimientos graves, ya sean físicos, sexuales o psíquicos, con el fin
de obtener de ella o de un tercero información, declaración o una
confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se le impute
haber cometido o de intimidar o coaccionar a esa persona, o en razón
de una discriminación fundada en la raza o etnia, nacionalidad,
ideología u opinión política, religión o creencia, u orientación sexual".
El proyecto, a continuación, señala que, si con motivo u ocasión de la
tortura, se comete además homicidio o delitos como la violación, el
estupro u otros delitos sexuales, así como lesiones corporales, se
aplicará la pena de presidio mayor en su grado máximo (desde 15
años y un día a 20 años), a perpetuo calificado (de por vida).