La Bancada de Diputados Socialista destacó la aprobación del
proyecto de Ley sobre Acuerdo de Unión Civil (AUC), a través del cual,
se crea un nuevo estado civil en Chile, que tiene como objetivo
proteger el patrimonio e intereses de los convivientes y de sus hijos.
En este marco, el parlamentario socialista, Marcelo Schilling, destaco
que «ha sido larga la lucha de las personas por tener igualdad de
derechos. Hace 14 años recién logramos igualar el derecho de los
niños fuera o dentro del matrimonio. Hace 10 años Chile fue el último
país del planeta en tener una ley de divorcio. Hoy por fin tenemos una
ley que regula las uniones o convivencias civiles”.
“Hemos dado otro paso histórico, en lo que es la igualdad y dignidad
de derecho de los chilenos. A partir de ahora, todas las personas que
tengan relación de convivencia estable y permanente, tendrán un
estatuto que los regule, que los proteja y los cuide ante todas las
contingencias de la vida”, afirmó el diputado PS.
Sobre este mismo punto, el legislador Socialista destacó que “Chile
está cambiando y en este nuevo contexto el respeto a las libertades
individuales debe ser una base en nuestra sociedad. Sin lugar a dudas
el Acuerdo de Unión Civil va en la línea de fortalecer estas libertades y
los derechos esenciales de todas las personas”.
Pese al gran avance, Schilling puntualizo que “es necesario continuar
luchando por una sociedad sin discriminación, que dignifique a las
personas. Por ello es fundamental avanzar hacia una legislación que
permita el matrimonio igualitario, para terminar definitivamente con los
ciudadanos de primera y segunda categoría”.
El proyecto aprobado, el miércoles de la semana pasada, establece la
posibilidad de establecer un eventual orden de prelación en el caso de
inhabilidad física o moral de los padres, para determinar quién deberá
hacerse cargo de los hijos de uno de los convivientes.
Además se establece causales de término en función de muerte
natural o muerte presunta de uno de los convivientes civiles, el
matrimonio de los convivientes civiles entre sí, por mutuo acuerdo, por
voluntad unilateral de uno de los convivientes civiles y por declaración
judicial de nulidad del acuerdo.
También se acordó que si los convivientes civiles pactan un régimen
de comunidad, podrán sustituirlo por el de separación total de bienes.